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Artículo 139 Constitución Española.-
  • 1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
  • 2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.


  • Las áreas de servicio para autocaravanas suponen posibilitar de forma ordenada un turismo de gran potencial económico para la ciudad que hasta ahora no haya apostado por él.

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    Tráfico. NUEVO REGLAMENTO: Las motos podrán circular por el arcén, y las bicicletas, por la acera

    Tráfico resta protagonismo al coche en el borrador del nuevo reglamento

    La Dirección General de Tráfico tiene ya listo el borrador del nuevo Reglamento General de Circulación Urbana e Interurbana, que permitirá a las bicicletas circular por aquellas aceras que dispongan de una anchura de tres metros o más, siempre que la densidad de peatones no lo impida «por causar riesgo o entorpecimiento indebido». Además, los ciclistas no podrán pasar a una distancia inferior a 1 metro de la fachada de los edificios.

    Aunque normalmente las bicicletas circularán por la calzada, «en los supuestos en que, excepcionalmente, transiten por las aceras y demás zonas peatonales en ámbito urbano, su régimen de circulación se regulará mediante ordenanza municipal», explica el reglamento. En todo caso, los menores de 14 años podrán ir en bici por las aceras y, si van acompañados de adultos, estos también podrán circular por aquellas. Tráfico matiza que el peatón tendrá siempre prioridad sobre el ciclista.

    El texto -cuya aprobación queda en manos del nuevo Gobierno que saldrá de las elecciones del próximo día 20- busca ser «un termómetro de la evolución que la sociedad pretende en el uso de los espacios compartidos que constituyen las vías públicas». Por ello, y sobre todo en el ámbito urbano, Tráfico considera que peatones y ciclistas deben cobrar una especial importancia, en detrimento de los vehículos de motor, especialmente del coche.

    Los ciclistas también podrán circular «en posición paralela, en columna de a dos, orillándose al extremo derecho de la vía». Podrán adelantar y rebasar a otros vehículos por la derecha o por la izquierda, según sea más conveniente para su seguridad.

    Otra importante novedad es que las motos podrán hacer uso del arcén cuando haya un atasco, extremando la precaución y sin superar la velocidad máxima de 30 kilómetros por hora; e incluso zigzaguear entre los automóviles para colocarse las primeras ante un semáforo en rojo: «Los conductores de motocicletas, ciclomotores y bicicletas podrán adelantarse hasta situarse en la línea de detención, circulando con precaución entre el resto de los vehículos detenidos en dichas intersecciones». Se trata de una práctica común que, sin embargo, hasta ahora podía ser multada.

    El reglamento también regula aspectos como la posibilidad de que los taxistas puedan llevar personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros sin utilizar ningún dispositivo de retención homologado a su talla y peso, siempre que ocupen los asientos traseros; que quienes utilizan monopatines, patines o aparatos similares puedan hacerlo por las aceras y espacios reservados a la circulación de peatones, pero «a paso de persona», o el estacionamiento de autocaravanas, que podrá ser sancionado por las administraciones locales.

    Fuente:

    ¿ En qué siesta, en qué baño turco han pillado a nuestros dirigentes cuando se ha redactado este libelo ? Esperamos que el Gobierno que tenga que sacar del cajón este documento, lo vuelva a poner en cuarentena, lo someta a periodo de alegaciones y podamos sacar algo en claro y más positivo para nuestra actividad.
    Autocaravanistas por sus derechos