¡ somos turistas, no delincuentes ! Autocaravanistas por sus derechos: viernes, 28 de agosto de 2015
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Artículo 139 Constitución Española.-
  • 1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
  • 2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.


  • Las áreas de servicio para autocaravanas suponen posibilitar de forma ordenada un turismo de gran potencial económico para la ciudad que hasta ahora no haya apostado por él.

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    [Asturias] Llanes prevé aprobar la ordenanza sobre las autocaravanas en septiembre

    Es un paso necesario para poder abrir de forma posterior el aparcamiento para este tipo de vehículos construido en La Talá

    El Ayuntamiento de Llanes tiene previsto aprobar en la sesión plenaria de septiembre la ordenanza municipal que regulará las condiciones que deben cumplir las autocarvanas que pernocten en el concejo. Esta ordenanza es necesaria para poder poner en funcionamiento el aparcamiento habilitado para este tipo de vehículos que se encuentra en la zona de La Talá, a la altura de la entrada oeste a la villa de Llanes, frente al tanatorio, un espacio que el anterior equipo de gobierno había anunciado que entraría en servicio este verano pero que, por los trámites administrativos y de información pública que esta ordenanza debe cumplir, no ha sido posible abrirlo aún. Entre otros aspectos la norma refleja la prohibición de la acampada libre, es decir, la instalación de una o más caravanas fuera de los campamentos de turismo regulados en las leyes. Además, se permite el aparcamiento de este medio de transporte de acuerdo con las normas de tráfico y circulación en vigor, sin perjuicio del cumplimiento de lo previsto en la presente ordenanza, siendo el tiempo máximo de aparcamiento en vías urbanas expresamente autorizas de 48 horas. En el caso de los espacios habilitados para este tipo de servicio no hay limitación, pero deberán adaptarse a las directrices de esa zona, como circular a 30 kilómetros por hora, deshacerse de la suciedad usando los contenedores o la posibilidad de abrir ventanas proyectables pudiendo invadir un espacio mayor que el perímetro del vehículo en marcha.

    Ayer se estudiaron las dos alegaciones presentadas a la ordenanza durante la primera sesión del nuevo Patronato de Turismo y Comercio de Llanes, que quedó constituido en la tarde de ayer para este mandato con el alcalde Enrique Riestra como nuevo presidente.

    Fuente: