¡ somos turistas, no delincuentes ! Autocaravanistas por sus derechos: martes, 1 de febrero de 2050
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Artículo 139 Constitución Española.-
  • 1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
  • 2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.


  • Las áreas de servicio para autocaravanas suponen posibilitar de forma ordenada un turismo de gran potencial económico para la ciudad que hasta ahora no haya apostado por él.

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    Muchas Gracias.
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    ~ ~ ~Reivindicaciones del autocaravanista en España~ ~ ~

    1. Paralizar y anular todos los expedientes sancionadores por motivos no contemplados en la legislación que nos afecta actualmente;
    2. Reconocimiento institucional de nuestra forma de viajar como parte del movimiento "Turismo Itinerante" con todo el Derecho a transitar, parar y pernoctar libremente por toda España, salvo en aquellos espacios protegidos o restringidos por la Ley;
    3. Rectificación, eliminación o en su caso derogación de aquella normativa local y/o autonómica que sea contraria a derecho o que nos impida ejercer nuestro derecho a la movilidad geográfica;
    4. Regulación inmediata de nuestra actividad para que queden claros nuestras obligaciones y nuestros derechos y seamos tratados por las distintas administraciones como nos corresponde, sin improvisaciones y sin señalización ilegal o no homologada;
    5. Revisión generosa de nuestra actividad en los espacios insulares tanto en Baleares como en Canarias;
    6. Eliminación  de toda señalización ilegal, no homologada  o discriminatoria y todos aquellos obstáculos físicos que impida el libre ejercicio de nuestra actividad;
    7. Creación de áreas MIXTAS de servicio y pernocta ligadas a un eminente interés turístico no protegido y/o restringido por Ley;
    8. Donde no sea factible la creación de un área porque exista un establecimiento camping cercano, obligar al camping a disponer de un espacio preparado para dar servicio y cabida a este tipo de vehículos, en los que -sin obligación- podamos recalar para pernoctar;
    9. Reconsiderar ciertos aspectos de  la Instrucción de la DGT que con su redacción actual hacen inviable la ocupación del espacio vivienda en ciertas situaciones atmosféricas;
    10. Adecuación de la Ley de Costas para que aquellas poblaciones que son rehenes de su aplicación, puedan albergar zonas de aparcamiento y pernocta para nuestros vehículos;
    11. Adecuación de las Leyes de Espacios Naturales Protegidos para que podamos disfrutar -controlados pero en libertad- de los parques naturales de toda la geografía española;
    12. Conversión progresiva de todas las áreas existentes en áreas mixtas (campers - caravanas - autocaravanas) con autorización expresa para dichas modalidades y las de nueva creación que se conciban con este propósito;

    Mentalización URGENTE de vendedores y distribuidores, para que al vender o alquilar una autocaravana comenten a sus clientes la realidad actualizada sobre nuestra actividad, informando detalladamente de aquello que pueden y no pueden hacer o dónde pueden parar y pernoctar a lo largo de los trayectos que vayan a realizar; incluyendo, en el momento de la firma del contrato, la entrega y lectura del decálogo del buen autocaravanista.


    también lo puedes descargar en esta dirección: