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El Gobierno de Castilla-La Mancha aprobó a finales de diciembre el decreto por el que se regula la ordenación de los campings y las áreas para autocaravanas de la región. El decreto 94/2018, de 18 de diciembre, entrará en vigor el próximo día 15 de enero.
Así, atendiendo a la realidad actual del sector se clasifican los establecimientos en dos grupos: campings y áreas de pernocta de autocaravanas,  que deben ser reguladas como cualquier otro alojamiento, incorporándose al ordenamiento jurídico y siempre en beneficio de la calidad para los usuarios. Sólo queda excluida de regulación la parada y estacionamiento de las autocaravanas (es decir, la pernocta tendrá que realizarse en campings o en áreas para autocaravanas reguladas).
En el caso de los campings, se apuesta por el desarrollo sostenible y de calidad, por lo que se establece la categorización de los campings en estrellas, simbología más apreciable para el turista (sobre todo el extranjero). Se contempla también el desarrollo tecnológico y digital de los campings y de su promoción, dentro de la estrategia de comercialización que ha establecido la administración turística, y se establece la utilización del 75% de la superficie del camping para alojamiento, y de éste un 60% podrá ser parcelas destinadas a cabañas, bungalows, casa prefabricada o casa móvil.
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Los campings tienen un plazo de dos años para presentar una declaración responsable en la que se clasifiquen de conformidad con los requisitos establecidos en este decreto. Transcurrido el plazo será la administración competente quien asignará la clasificación.
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En lo que respecta a las áreas para autocaravanas, tendrán la condición de establecimiento público, por lo que tendrán que cumplir la legislación vigente en materia de urbanismo, hacienda, medio ambiente, delimitación del perímetro del alojamiento, recepción y control de vehículos y viajeros, vigilancia, viales, ocupación de las parcelas y extensión de elementos por parte de las autocaravanas, y servicios obligatorios establecidos en el Anexo II del decreto, así como la no superación de 48 horas de estacionamiento. Y también en este caso las áreas para autocaravanas existentes tienen un plazo de dos años para adaptarse a lo dispuesto en el nuevo decreto, también mediante presentación de declaración responsable.