¡ somos turistas, no delincuentes ! Autocaravanistas por sus derechos: domingo, 16 de octubre de 2016
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Artículo 139 Constitución Española.-
  • 1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
  • 2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.


  • Las áreas de servicio para autocaravanas suponen posibilitar de forma ordenada un turismo de gran potencial económico para la ciudad que hasta ahora no haya apostado por él.

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    [Avilés - Asturias] La ordenanza municipal sobre autocaravanas entra hoy en vigor

    La ordenanza reguladora del estacionamiento de autocaravanas en Avilés ya está en vigor. Es efectiva desde hoy mismo, después de que ayer el Boletín Oficial del Principado publicase su aprobación definitiva. Eso quiere decir que, a partir de ahora, es necesario cumplir unas normas para poder utilizar las plazas reservadas para este tipo de vehículos en el aparcamiento de la avenida de Gijón. 

    Entre ellas se contempla, por ejemplo, que se puede estacionar pero no acampar, es decir, no se permite instalar elementos desmontables fuera de los vehículos, y que solo será posible permanecer allí por un tiempo máximo de 48 horas. Después de ese tiempo, será posible aparcar las autocaravanas en otras calles del concejo, siempre cumpliendo la normativa de tráfico, pero allí no se dispondrá de los servicios de toma de agua y saneamiento que sí existen en el espacio reservado en la avenida de Gijón. La ordenanza prohibe también lavar los vehículos en el aparcamiento, así como emitir ruidos molestos mientras se está haciendo uso del mismo. 

    Las multas

     Las sanciones por el incumplimiento de la normativa podrán llegar a los 300 euros en el caso de que no se identifique al conductor del vehículo. Las faltas leves, como el vertido de líquidos o residuos fuera de la zona señalada para ello, la permanencia durante más de 48 horas o el lavado en la vía pública serán multados con hasta 100 euros. En el caso de las faltas graves, como incumplir la prohibición de acampada libre o el deterioro del mobiliario urbano, las sanciones que se aplicarán podrán llegar hasta los 200. Estas cantidades podrán verse reducidas en un 20% por pronto pago y renuncia a recursos administrativos.

    Fuente: