¡ somos turistas, no delincuentes ! Autocaravanistas por sus derechos
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Artículo 139 Constitución Española.-
  • 1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
  • 2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.


  • Las áreas de servicio para autocaravanas suponen posibilitar de forma ordenada un turismo de gran potencial económico para la ciudad que hasta ahora no haya apostado por él.

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    La Policía edita un folleto con consejos para evitar robos en las autocaravanas

    La Jefatura Superior de Policía dio a conocer ayer el llamado Plan Turismo Seguro, que va dirigido, sobre todo, a los usuarios de autocaravanas que pasan por nuestra ciudad al ser punto de tránsito con Marruecos, o, a la inversa, con Algeciras.

    Al objeto de evitar que haya robos, se ha elaborado un tríptico informativo en español, inglés y francés, en el que se recuerda las medidas de seguridad que se deben tener en cuenta.

    La Policía recomienda tenerlas siempre presentes para “disfrutar plenamente de sus vacaciones”, señala. “La Policía”, aclara, “trabaja por su seguridad, pero es conveniente que ustedes colaboren adoptando unas pautas mínimas de atención”.

    Entre las medidas que se recomiendan está la obligación de sellar el pasaporte en la frontera para entrar en zona Schengen, así como el de evitar dejar objetos de la vista dentro del vehículo.

    La Policía recomienda no dejar el vehículo sin vigilancia al estacionar cerca de áreas comerciales sin parking habilitados, además de prestar atención si estaciona la autocaravana por la noche en aparcamientos no vigilados.
    También recuerda que no se debe dejar el vehículo abierto, ni olvidar las llaves puestas, asegurándose de cerrar bien las puertas y ventanas.

    “Preste atención”, dice, “a la presencia de personas sospechosas” y “desconfíe de la ayuda de desconocidos”. La Policía recuerda el número de la Sala, el 091, para todo aquel que sea víctima de una acción violenta.

    Fuente:

    ON ROAD MAGAZINE - nº 28 - ABRIL 2014

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    [Tenerife] El Ayuntamiento de Arona toma medidas por la presencia incontrolada de autocaravanas

    El Consistorio elaborará una normativa específica para regular esta actividad que cada año, sobre todo en Semana Santa y verano, se intensifica en algunas zonas del litoral.

    El Ayuntamiento de Arona ha implantado medidas de control y seguimiento a la presencia incontrolada de autocaravanas, fundamentalmente en las zonas costeras, para "evitar la concentración masiva y permanente de este tipo de vehículos".
    Así lo afirma este martes el responsable de Medio Ambiente en Arona, Antonio Sosa, tras reunirse con representantes de la Asociación de Autocaravanas de Tenerife.
    El Ayuntamiento elaborará una normativa específica para regular esta actividad que cada año, sobre todo en Semana Santa y verano, se intensifica en algunas zonas del litoral. El objetivo es "lograr establecer una línea de actuación que permita, desde el consenso, la integración de la práctica del autocaravanismo desde el punto de vista del civismo y la convivencia en armonía", dice el edil.
    También se han mantenido encuentros de trabajo con técnicos municipales y miembros de la Policía Local de Arona.

    Los tres lugares más frecuentados por las autocaravanas son El Rincón de Los Cristianos, Palm Mar y Las Galletas.

    "No se trata de prohibir la actividad, sino de regularla" dice Sosa que ha estado acompañado en las reuniones por el concejal de Obras, Ramón García.
    Los dirigentes municipales explican que todo lo relativo a esta situación se ha acordado con la Asociación de Autocaravanas de Tenerife, con quienes se trabaja de forma coordinada.
    Además, señalan que en las últimas semanas, agentes de la Policía Local de Arona han pasado por los puntos más conflictivos informando sobre las medidas que se van a tomar.
    Fuentes:

    Obliguen a la retirada de las señales que prohíben el estacionamiento de autocaravanas en todo el estado español.

    La prohibición del estacionamiento de autocaravanas que figura en las ordenanzas municipales de tráfico de algunos municipios en España, es uno de los problemas más importantes con los que debemos enfrentarnos los autocaravanistas como colectivo.
    Las competencias municipales en materia de ordenación del tráfico en las vías públicas urbanas, están recogidas en el artículo 93.1 del Reglamento General de Tráfico, al amparo de los artículos 7.b "Competencias de los Municipios" y 38.4 "Normas Generales de Paradas y Estacionamientos" de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que dice:
    "El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal, y podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico, entre ellas limitaciones horarias de duración del estacionamiento, así como las medidas correctoras precisas, incluida la retirada del vehículo o su inmovilización cuando no se halle provisto de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación del conductor (artículo 38.4 del texto articulado)."
    Sin embargo los mismos textos legales establecen que los fines de estas competencias son el reparto equitativo de las plazas de estacionamiento y evitar el entorpecimiento de tráfico. Además, los límites legales se recogen en el artículo 93.2 que dice:
    "En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este Reglamento."
    Recientemente ante las dudas de interpretación legal de los textos, y tras una insistente demanda de algunas Asociaciones, con motivo de la Mesa GT53 de autocaravanas, la Dirección General de Tráfico ha emitido el pasado 28 de enero de 2008, la Instrucción 08/V-74 en la que, desde su posición como Organismo encargado de velar por el cumplimiento de las leyes de tráfico, interpreta:

    "Por ello, a juicio de esta Dirección General de Tráfico es indiscutible que la exclusión de determinados usuarios debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas como pueden ser las dimensiones exteriores de un vehículos o su masa máxima autorizada, pero no por su criterio de construcción o utilización ni por razones subjetivas como pueden ser los posibles comportamientos incívicos de algunos usuarios tales como ruidos nocturnos, vertido de basura o de aguas usadas a la vía pública, monopolización del espacio público mediante la colocación de estructuras y enseres u otras situaciones de abuso contra las cuales las autoridades locales disponen de herramientas legales eficaces que deben ser utilizadas de forma no discriminatoria contra todos los infractores, ya sean usuarios de autocaravanas o de cualquier otro tipo de vehículo.
    Las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.
    Saludos cordiales
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    [Asturias] El Franco regula el estacionamiento de autocaravanas

    El Ayuntamiento de El Franco ha aprobado una nueva ordenanza municipal reguladora de la parada y estacionamiento de autocaravanas en vías urbanas. El texto recoge que el tiempo máximo de permanencia en el lugar de estacionamiento para estos vehículos será de 48 horas seguidas. Se permitirá el estacionamiento en el municipio "siempre siempre que dicha parada no sea peligrosa, se ejecute de acuerdo con la Ley, no constituya obstáculo ni molestia para otros o peligro para la circulación, debiéndose encontrar el vehículo colocado en la forma indicada y en lugar autorizado para ello". El Franco se suma así a una serie de municipios, como Navia, Coaña y Tapia de Casariego, que han regularizado esta actividad turística. Además se podrían habilitar espacios destinados a este tipo de visitantes, informa G. GARCÍA.

    Fuente: